miércoles, 22 de junio de 2016

Definiciones principales de la Ley de Pasantías

LEY DE PASANTÍAS

  •  Exclusión laboral.- La relación jurídica entre las empresas y los pasantes se establecerá mediante un contrato de pasantía y se regirá única y exclusivamente por las disposiciones de esta Ley y las de aquellas a las que expresamente se remite sus disposiciones.
  • Horario de labores.- Los pasantes tendrán un horario máximo de labores de seis horas diarias durante cinco días a la semana. En ningún caso serán obligados a excederse de dicho horario, ni podrán desempeñarlo durante las horas de clases o exámenes (LEY DE PASANTÍAS EN EL SECTOR EMPRESARIAL, s.f.).
  • El estudiante y la empresa deben acordar el pago de un monto no menor a la tercera parte de un Salario Básico Unificado (SBU).
  • La empresa deberá afiliar al pasante a la Seguridad Social sobre un mínimo equivalente al SBU vigente.
  • La pasantía no podrá prolongarse por más de seis meses sin generar relación de dependencia.
  • La duración de las pasantías será normada por el organismo regulador del Sistema de Educación Superior.
  • Podrán acogerse a lo que dispone esta Ley las empresas privadas, instituciones y fundaciones. Además, podrán realizar pasantías los estudiantes del Sistema de Educación Superior.
  • El Ministerio del Trabajo determinará los porcentajes mínimos de inclusión de pasantes en función del tipo de actividad y tamaño de las empresas (Ministerio de Trabajo, 2016).
  • Empresa.- Unidad de producción económica del sector privado, integrada por personas naturales, ya sean en forma unipersonal o constituida en una sociedad de hecho o de derecho.
  • Centro de Estudios de Nivel Superior o Intermediario.- Persona jurídica dedicada exclusivamente a la investigación y formación de profesionales en los campos humanístico, científico y tecnológico, de conformidad con la Ley de Universidades y Escuelas Politécnicas.
  • Pasante.- Alumno o estudiante matriculado en el segundo año o en años superiores de un Centro de Estudios de Nivel Superior y que concurra normalmente a los correspondientes períodos lectivos.

Bibliografia:

  • Congreso Nacional, Ley de Pasantias en el sector Empresarial, 2014.

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